Normativa · Revisado el 23 de septiembre de 2026
DeCA: el documento de control electrónico, explicado para quien contrata el transporte
Desde el 5 de octubre de 2026, el documento de control que acompaña a cada transporte de mercancías por carretera dentro de España deja de admitirse en papel: tiene que ser un documento electrónico, el DeCA. La mayoría de lo que se publica sobre él está escrito para transportistas. Esta guía responde a lo que necesita saber quien contrata el porte: si le toca a él, qué datos tiene que aportar y qué arriesga.
- Obligatorio desde
- 5 oct 2026
- Ámbito
- Transporte nacional
- Formato
- PDF con QR
- Conservación
- 1 año mínimo
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Calcular precio del porteQué cambia el 5 de octubre
El documento de control no es nuevo: lo regula desde 2012 la Orden FOM/2861/2012 y ya había que llevarlo a bordo en cada transporte público de mercancías. Lo que cambia es el soporte. La Ley 9/2025, de Movilidad Sostenible, obliga a que sea digital, y la Resolución de 5 de junio de 2026 fija cómo: un PDF generado electrónicamente, no un papel escaneado, con un código QR que lleve a la dirección web única de ese documento, disponible para que la autoridad lo descargue en un control en carretera.
El Ministerio de Transportes ha aclarado que no habrá una fase adicional sin sanciones después del 5 de octubre. Desde ese día, llevar el documento en papel ya no cumple la obligación.
¿Te toca a ti? Depende de con quién contratas
La Orden obliga a formalizar el documento a dos figuras, y no a "el cliente" o "la empresa de transporte" en general:
- El transportista efectivo: el titular de la autorización con la que se hace materialmente el transporte, es decir, el camión que carga.
- El cargador contractual: quien contrata directamente con ese transportista. Puede ser el dueño de la mercancía, pero también otro transportista, una agencia de transporte, un transitario, un operador logístico o cualquiera que contrate o intermedie habitualmente en la contratación de transporte.
La consecuencia práctica para una empresa que envía mercancía es directa. Si contratas tú al transportista que va a hacer el porte, eres el cargador contractual y te toca formalizar el DeCA con él. Si reservas el porte a través de un intermediario, quien contrata con el transportista efectivo es ese intermediario, y es él quien figura como cargador contractual en el documento de ese transporte.
Cuando cotizas y reservas con FlexiDrop Freight no contratas directamente con el transportista que ejecuta el porte: esa contratación la hace la cadena de intermediación. Si tienes dudas sobre un envío concreto, pregúntanos antes de la fecha de recogida.
Qué datos lleva, y cuáles son responsabilidad del cargador
El artículo 6 de la Orden fija el contenido mínimo, y el Ministerio reparte la responsabilidad de cada dato entre las dos figuras:
| Dato | Responsable |
|---|---|
| Nombre, NIF y domicilio del cargador contractual | Cargador contractual |
| Nombre y NIF del transportista efectivo | Cargador contractual |
| Origen y destino del envío | Cargador contractual |
| Naturaleza y peso de la mercancía | Cargador contractual |
| Autorización especial de circulación, si el vehículo la necesita | Transportista efectivo |
| Fecha del transporte | Transportista efectivo |
| Matrícula del vehículo (tractora y semirremolque si es articulado) | Transportista efectivo |
| Observaciones o reservas, si alguna parte las pide | Ambos |
Si el peso exacto es difícil de determinar por cómo se carga el vehículo, la Orden admite expresarlo con otra magnitud. En un camión completo de palés eso rara vez ocurre: el número de palés y su peso por unidad bastan para calcularlo.
Lista de comprobación para el cargador
- Para cada envío, identifica quién contrata directamente con el transportista que va a cargar. Ese es el cargador contractual del DeCA.
- Si eres tú, acuerda con el transportista quién genera el PDF y con qué aplicación. La Orden no dice quién debe hacerlo materialmente, pero los dos respondéis.
- Ten preparados antes de la recogida tus datos (NIF y domicilio), origen, destino, naturaleza de la mercancía y peso.
- Guarda una copia del PDF de cada transporte durante al menos un año. La obligación de conservarlo es de los dos, no solo del transportista.
- Si el documento no va a bordo, el cargador contractual queda eximido solo si puede probar que se emitió. Conservar la copia es también tu prueba.
DeCA, carta de porte y CMR no son lo mismo
El DeCA es un documento administrativo: sirve para que la autoridad controle el transporte. La carta de porte y el CMR documentan el contrato de transporte. Como el formato del DeCA es libre, puedes usar la plantilla de una carta de porte o de un CMR si te resulta cómodo, siempre que incluya todos los datos del artículo 6 y distinga expresamente al cargador contractual del transportista efectivo. Usar el formato CMR en un transporte nacional no lo convierte en un transporte bajo ese convenio.
En el transporte internacional no se exige el DeCA: se usan los documentos de los convenios que ha firmado España. Y el e-CMR, el CMR electrónico, no pasa a ser obligatorio el 5 de octubre.
Preguntas frecuentes sobre el DeCA
¿Desde cuándo es obligatorio el DeCA?
Desde el 5 de octubre de 2026. La disposición transitoria octava de la Ley 9/2025, de Movilidad Sostenible, fija que el documento de control del transporte público de mercancías por carretera debe ser necesariamente digital a los diez meses de su entrada en vigor. El Ministerio de Transportes aclara que no está prevista ninguna fase adicional sin sanción después de esa fecha.
¿A quién afecta el DeCA?
Al transporte público de mercancías por carretera dentro de España: transporte nacional y cabotaje. Están obligados a formalizarlo el cargador contractual y el transportista efectivo. No se exige en el transporte privado complementario (una empresa que mueve su propia mercancía con sus vehículos), en la paquetería de pocos bultos que una persona puede manipular sola, ni en el transporte internacional, que sigue usando los documentos de los convenios, como el CMR.
¿Quién tiene que generar el DeCA, el cargador o el transportista?
La Orden FOM/2861/2012 no dice quién debe hacerlo materialmente: obliga a los dos, cargador contractual y transportista efectivo, a formalizarlo. Los dos responden si no se formaliza o si no va a bordo del vehículo, salvo que el cargador contractual pruebe que el documento se emitió; en ese caso queda eximido.
¿Qué es el cargador contractual?
Es quien contrata directamente con el transportista efectivo, es decir, con el titular de la autorización que hace materialmente el transporte. Puede ser el propio dueño de la mercancía, pero también otro transportista, una agencia de transporte, un transitario, un operador logístico o cualquiera que contrate o intermedie habitualmente en la contratación de transporte. Si reservas el porte a través de un intermediario, quien contrata con el transportista efectivo es ese intermediario.
¿Qué datos tiene que llevar el DeCA?
Los que fija el artículo 6 de la Orden FOM/2861/2012: nombre, NIF y domicilio del cargador contractual; nombre y NIF del transportista efectivo; origen y destino del envío; naturaleza y peso de la mercancía; la autorización especial de circulación si el vehículo la necesita; la fecha del transporte; y la matrícula del vehículo, o la de la tractora y la del semirremolque si es un conjunto articulado. Los cuatro primeros son responsabilidad del cargador contractual; la autorización especial, la fecha y la matrícula, del transportista efectivo.
¿Hay una aplicación gratuita del Ministerio para hacer el DeCA?
No. El Ministerio de Transportes explica que el DeCA no es una aplicación suya: cada empresa debe tener una propia o contratar un proveedor. Tampoco hay que subir los documentos a ninguna plataforma del Ministerio ni certificar la aplicación. Lo que sí exige la Resolución de 5 de junio de 2026 es que el fichero sea un PDF generado electrónicamente, no un papel escaneado, con un código QR que lleve a la dirección web única del documento, y que esté disponible para su descarga ante un control en carretera.
¿Cuánto tiempo hay que conservar el DeCA?
Al menos un año. La Resolución de 5 de junio de 2026 obliga a conservar los ficheros durante ese plazo tanto al cargador contractual como al transportista efectivo.
¿Sirve un CMR o una carta de porte como DeCA?
El formato es libre, así que se puede usar el de un CMR o el de una carta de porte si resulta más cómodo. Pero usar ese formato en un transporte nacional no lo convierte en un transporte bajo el convenio CMR, que no se aplica dentro de España. Sea cual sea el formato, el documento tiene que incluir todos los datos del artículo 6 e identificar de forma expresa y separada al cargador contractual y al transportista efectivo.
¿Hay que firmar el DeCA?
No. La Orden obliga a formalizarlo, pero no exige firma para que sea válido. Se puede firmar electrónicamente de forma voluntaria.
¿Se pueden agrupar varios envíos en un mismo DeCA?
Sí, por ejemplo varias cargas o varias descargas, siempre que el cargador contractual y el transportista efectivo sean los mismos en todos los envíos y cada envío esté perfectamente identificado.
¿Qué multa hay si no se lleva el DeCA?
La falta del documento de control, o la falta de sus datos esenciales, es una infracción grave del artículo 141.17 de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres. El artículo 143.1.d la sanciona con una multa de 401 a 600 euros.
¿Tienes un camión completo que mover?
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Calcular precio del porteFuentes
- Orden FOM/2861/2012, que regula el documento de control administrativo (BOE-A-2013-154)
- Resolución de 5 de junio de 2026 de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril (BOE-A-2026-12784)
- Ley 16/1987, de Ordenación de los Transportes Terrestres, texto consolidado: artículos 141.17 y 143.1.d
- Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible: preguntas frecuentes sobre el DeCA
Resumen informativo revisado el 23 de septiembre de 2026. No es asesoramiento jurídico: para un caso concreto, consulta con tu asesor o con la Dirección General de Transporte por Carretera.